A partir del 1 de septiembre del 2021 entró en vigor la “Ley de Contratación de Publicidad”, que tiene como finalidad cambiar la operación en los servicios de publicidad en los medios de difusión (ejemplares impresos, telecomunicaciones, radiodifusión, señales satelitales, internet, entre otros).
Se estima que las Agencias de Medios, anunciantes, medios de comunicación y cualquier persona que lleve a cabo cualquier acto jurídico (acuerdos, contratos, convenios, etc.)serán los más afectados.
¿Cómo va a funcionar?
La Ley dice: Las agencias que realicen publicidad digital por orden de un anunciante deberán comunicar al medio de los espacios publicitarios, la identidad de dicho anunciante y entregarle durante el mes siguiente a la difusión de los espacios publicitarios, la siguiente información:
Resultados cuantitativos: impresiones, duración, alcance, frecuencia, interacciones, clics, etc.
Resultados acordados: objetivos, segmentación, optimización, eficacia de medios, relación costo/beneficio.
Las marcas podrán tener acceso a los instrumentos de evaluación de la agencia.

Con respecto a la publicidad tradicional la ley dice:
•El anunciante deberá comprar por sí mismo el espacio publicitario.
•Las agencias de publicidad tendrán prohibido comprar espacios publicitarios para su posterior reventa.
•El responsable de la de publicidad tendrá que enviar directamente la factura al anunciante, aunque la adquisición haya sido por conducto de un contrato de mandato a través de una agencia.
Esta ley se hizo con la finalidad de promover el libre mercado y la libre competencia. Todos estamos a favor de un servicio transparente, responsable y ético.
Por otro lado, los costos de publicidad digital se elevarán por la cantidad de información que llevan.
Las grandes marcas son las únicas que contarán con la oportunidad de anunciarse, mientras que los pequeños anunciantes tendrán que invertir más para tener el alcance al mercado deseado.
¿Tú qué opinas?, ¿crees que la ley llegó a hacer un cambio positivo en el mundo publicitario?
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